Vacaciones

El periodo de vacaciones anual será de 30 días naturales que podrán fraccionarse en dos o más periodos, si bien al menos uno de ellos será como mínimo de quince días consecutivos.

El momento de disfrute de dichas vacaciones se acordará entre las partes. Si no hubiese acuerdo, 15 días elige la familia empleadora y el resto la parte trabajadora.